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Elementos filtrados por fecha: Junio 2020

¿Cuáles son los límites impuestos al registro de las marcas tridimensionales?

El pasado 23 de abril de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaba sentencia (asunto C-237/2019) acerca de las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo de Hungría. La sentencia resuelve sobre la interpretación del art. 3.1 (e), incisos (ii) y (iii), de la Directiva 2008/95/CE, de 22 de octubre, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas, que, entre otros, rechaza el registro de los signos constituidos exclusivamente por (ii) la forma del producto necesaria para obtener un resultado técnico, y (iii) la forma que da un valor sustancial al producto.

LA APRECIACIÓN GLOBAL DEL RIESGO DE CONFUSIÓN, A LA LUZ DE LA SENTENCIA DEL TJUE DE 5 DE MARZO DE 2020.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en adelante, TJUE) de 5 de marzo del 2020 (asunto C-766/18) concluye que la apreciación global del riesgo de confusión requiere tomar en cuenta la totalidad de los factores pertinentes y la interdependencia entre éstos [apartados 81, 82, 83 y 84] y establece que el escaso carácter distintivo de una marca no excluye la existencia de riesgo de confusión [apartado 86]. 

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